Autor: Miguel Angel Pedraza
Parece que sí, y es un mal presagio de todo lo que se viene con la famosa reforma del Estado y el reajuste en el equilibrio de poderes. Así se contempla, por lo menos, en el proyecto de Acto Legislativo 05 de 2014 que fue presentado al Congreso de la República.
Empiezan por reformar el artículo 118 de la Constitución Política, indicando que el Ministerio Público solo será ejercido “por el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los personeros municipales”, excluyendo de ese ejercicio a los procuradores y agentes del ministerio público ante la justicia.
Y para rematar, modifican el artículo 277 suprimiendo la función de la Procuraduría de “intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas”. O sea que el procurador, por sí o por intermedio de sus delegados, ya no podría intervenir en los procesos judiciales. ¡Ahí van!
Aunque la exposición de motivos del proyecto no explica las razones concretas de esa reforma, lo cierto es que quieren restarle facultades y poderes a la Procuraduría, como si le estuvieran dando un golpe personal al procurador Ordóñez o como si con ello se equilibrara en verdad el poder público del Estado, lo que no deja de ser una falacia.
El asunto no es por ahí. En materia judicial la función de la Procuraduría es en defensa del orden jurídico, y si se trata de defender el orden jurídico nada más lógica su participaciónpara equilibrar las cargas procesales. Porque a menos que se trate de una disputa de poder por la nómina, acabando con los procuradores judiciales nada se logra ante el anunciado equilibrio de poderes.
Mejor concentrar esfuerzos en la reforma al Código Único Disciplinario, su exigente régimen de faltas y de sanciones, así como la garantía de una segunda instancia plenamente imparcial. ¡Eso sí es urgente!
Tomado de:vanguardia.com

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