Así no es Dr. Clemente


Autor: Jesús Rodrigo Fernández


Creo que se le fue la lengua al secretario de infraestructura de Bucaramanga, arquitecto Clemente León Olaya, en las declaraciones ofrecidas a Vanguardia Liberal publicadas el miercoles anterior.



En efecto, dijo el funcionario: “Las afirmaciones que hace la SSI son falsas”, es decir que la Sociedad Santandereana de Ingenieros, Órgano Consultivo del gobierno municipal en virtud del mandato del Acuerdo Municipal 044 de 1945, según el “nuevo juez”, está bordeando el Código Penal. Sustenta tan grave acusación en que “el decreto de contratación no dice eso.”



Para efectos de buscar la verdad, acudí a la página del SECOP- www.contratos.gov.co  -, donde se publican todos los documentos de los procesos de contratación y encuentro una comunicación de la Sociedad Santandereana de Ingenieros contentiva de observaciones al prepliego de la Licitación Pública SI-LP-008-2014 cuyo objeto es: ”Construcción Fase- 1, Obras Generales y Estructura Gran Salón del Centro de Convenciones Neomundo. La carta transcribe apartes del decreto 1510 de 2013 y de la Circular 12 del 5 de mayo de 2014 y comparada la transcripción con los textos del decreto y circular resultan idénticos, por tanto el cargo de falsedad que se le endilga a la SSI carecería de fundamento, pues el decreto SÍ dice lo que se transcribió.



Pero además de la observación de la SSI, también pude leer la respuesta ofrecida por el secretario León Olaya y en ella encontramos, tal vez, la génesis de las diferencias de criterio entre la entidad contratante y la SSI. Resulta que para la Secretaría de Infraestructura de Bucaramanga “si bien es cierto el decreto no expresa la condición de establecer un límite temporal para la solicitud de experiencia, tampoco dicha norma prohibe a las entidades establecer esa condición”. Esta nueva teoría echa por la borda el predicado que enseña que el servidor público, a diferencia del particular, solo puede hacer lo que está expresamente permitido por la ley, so pena de prevaricar.



De otra parte, si existe en la Secretaría de Infraestructura el convencimiento de que la experiencia se mide en cantidades de obra, las cifras mínimas de participación en los procesos contractuales se mantendrán, desvirtuando así la esencia de la licitación y el concurso públicos.

Tomado de Vanguardia.com

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